sábado, 19 de febrero de 2011
Casacion, audiencia pública y los amicus.
La querella solicita urgencia en el trámite en el TSJ.
El pasado 01 de febrero el Tribunal Superior de Justicia del Neuquén admitió los Recursos de Casación presentados por los defensores de la policía y de Sobisch, Dres Lucero y Ricardo Cancela, el del fiscal Velazco Copello y el de la querellante Sandra Rodríguez, representada por Gustavo Palmieri y Ricardo Mendaña.En esta oportunidad adjuntamos el escrito presentado por Gustavo Palmieri solicitando al TSJ, para dar continuidad al trámite. En síntesis el pedido de la querella es:
a) que se DISPONGA LA CELEBRACIÒN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA entendiendo que nos encontramos frente a un supuesto de “trascendencia institucional y social”.
b) que se autorice la participación en la misma, de las organizaciones admitidas como AMICUS CURIAE (Madres de plaza de Mayo Línea Fundadora, Centro de Estudios Legales y Sociales; y APDH Filial Nqn).
c) que se disponga la celebración de la AUDIENCIA PÚBLICA en el Auditorio de la Sede Académica del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén, sita en las calles Mendoza y Basavilbaso de esta Ciudad.
d) y considerando el tiempo que ha transcurrido, la necesidad de dar respuesta a los diversos planteos que se han formulado, es que se solicita se disponga en forma URGENTE y a la mayor brevedad posible.
e) que se video filme la audiencia.
Es imprescindible y urgente que el TSJ de Neuquén haga lugar a estos pedidos a casi cuatro años de aquellos gravísimos acontecimientos.
COCAPRE // COMISIÒN CARLOS PRESENTE.
Neuquén, 19 de febrero de 2011.-
ACTUACIONES: “DR. GUSTAVO EDUARDO PALMIERI –s/ recurso de queja en autos: FISCALÍA DE CÁMARA –s/ investigación expte. 38150/07”. expte. No. 233/09.
Secretaría Penal del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.
Señores Jueces:
Gustavo Eduardo PALMIERI, abogado, en el carácter oportunamente acreditado por la parte querellante, manteniendo el domicilio constituído en la calle ILLIA No. 1040, Planta Baja (local) de esta Ciudad (Estudio MENDAÑA-PALMIERI) , me presento y digo:
1.Que en tiempo y forma y a los fines de dar continuidad al trámite de esta vía de impugnación, teniendo en cuenta que – al menos quien suscribe, desconociendo si el resto de los recurrentes lo han hecho de similar modo – hemos hecho uso de la opción de “informar verbalmente” respecto de la ampliación de los fundamentos del recurso, de conformidad con las previsiones de los artículos 2, 3 inc. a) ss. y concs. del “Reglamento de audiencias Públicas” aprobado por dicho Tribunal por Acuerdo No. 4397 (VI) y Acuerdo 4602 (VIII); es que vengo a solicitar se disponga la celebración de dicha AUDIENCIA PÚBLICA en el presente caso, entendiendo que nos encontramos frente a un supuesto de “trascendencia institucional y social”, y en orden a preservar los “fundamentos” por los cuales el Tribunal Superior ha decidido adoptar dicha modalidad.
2.Teniendo en cuenta que en su momento se presentaron en la causa organizaciones de Derechos Humanos en calidad de amicus curiae, es que igualmente solicitamos se autorice su participación en la audiencia, en los términos y bajo la modalidad que se juzgue conveniente, y con la finalidad de que puedan argumentar en relación a la controversia que se ha planteado en el caso.
3.Que teniendo en cuenta el antecedente de este mismo Tribunal en la causa “Comunidad Mapuche Catalán y Confederación Indígena Argentina c/ Provincia del Neuquén –s/ acción de inconstitucionalidad”, expte. No. 1090/04, en lo que se refiere a la probable cantidad de asistentes a dicha audiencia, es que expresamente solicitamos se disponga su celebración en el Auditorio de la Sede Académica del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén, sita en las calles Mendoza y Basavilbaso de esta Ciudad; en su caso bajo las condiciones que se estimen adecuadas en relación a las personas y/o representantes de organizaciones sociales, civiles, de derechos humanos, etc., que manifiesten su deseo de concurrir, como así también en lo que se vincula a la indispensable publicidad de la audiencia.
4.Considerando el tiempo que ha transcurrido hasta la fecha desde que los recursos resultaran interpuestos y la necesidad de dar respuesta a los diversos planteos que se han formulado, en el marco de la investigación de los graves sucedidos ocurridos en esta Provincia hace casi cuatro años, es que solicitamos se disponga la celebración de la AUDIENCIA a la mayor brevedad posible.
5.Que consideramos que por las mismas razones resulta conveniente que se disponga la video filmación de la audiencia a celebrarse.
6.Se provea de conformidad. Que Será Justicia.